De acuerdo con el carácter, razón social, actividad comercial y constitución legal de la empresa, todos los conductores deberán cumplir con los lineamientos establecidos en la presente política, incluidos propios, contratistas y terceros en misión de la misma y su actividad comercial, en especial aquellos que lleven distintivos de la compañía, acatando lo establecido por el código nacional de tránsito y transporte ley 769 de 2002. Los límites de velocidad máximos permisibles para vehículos en misión de la compañía quedarán de la siguiente forma:
Las anteriores medidas podrán ser verificadas mediante sistemas de rastreo y dar ocasión a sanción interna del conductor por parte de la compañía.
CONDUGAS S.A
NIT: 811.037.554-0